Primer plano de un sobre blanco con un aviso legal de desahucio impreso.

Alquileres y desahucios tras el rechazo de los decretos de vivienda

Tras el rechazo de los dos decretos de vivienda por el Congreso el viernes 2 de octubre, inquilinos y propietarios deben revisar la fecha de vencimiento de su contrato y cualquier trámite iniciado mientras las normas estuvieron vigentes. Las nuevas medidas sobre prórrogas del alquiler y protección frente a determinados desahucios decaen, pero los efectos de las solicitudes ya presentadas plantean dudas jurídicas.

Qué decidió el Congreso el 2 de octubre

El Congreso rechazó los reales decretos ley 26/2026 y 27/2026, que incluían medidas sobre la continuidad de contratos de alquiler y la protección de vivienda. La votación impide que esas medidas sigan aplicándose como reglas vigentes tras el rechazo. No significa, por sí sola, que todos los contratos terminen ni que todos los procedimientos de desahucio se reanuden de inmediato.

Para saber qué ocurre en una vivienda concreta importan el contrato, sus fechas, la situación del procedimiento si lo hay y las normas que resulten aplicables, incluida la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Qué cambia para las prórrogas y los desahucios

Quien pensaba acogerse ahora a una prórroga prevista únicamente en los decretos rechazados debe comprobar si dispone de otra vía de continuidad conforme a su contrato y a la legislación aplicable. Conviene localizar la fecha de vencimiento y revisar cualquier aviso de renovación o finalización recibido o enviado.

En los desahucios, la protección contemplada para determinados supuestos en los decretos también queda afectada por la votación. Si existe un procedimiento abierto, hay que comprobar sus resoluciones y comunicaciones: la situación de cada expediente depende de los actos que se hayan producido y de la interpretación jurídica que corresponda.

Alquileres y desahucios tras el rechazo de los decretos de vivienda

Si presentó una solicitud durante la vigencia de los decretos

RTVE recoge interpretaciones jurídicas distintas sobre los efectos de las actuaciones realizadas mientras los textos estuvieron vigentes. Por eso, no cabe dar por válida ni por nula de forma automática toda prórroga solicitada o suspensión tramitada en ese periodo.

Si pidió una prórroga, comunicó su intención de acogerse a una medida o solicitó la suspensión de un desahucio, conserve el justificante de presentación y la respuesta recibida. Antes de dejar de pagar, entregar las llaves, fijar una nueva fecha de salida o dar por suspendido un procedimiento, consulte su caso con asesoramiento jurídico.

Documentos que conviene revisar hoy

Tenga a mano el contrato de alquiler y sus anexos, los avisos intercambiados con la otra parte y los justificantes de cualquier solicitud presentada bajo los decretos. Si hay un desahucio en curso, añada las notificaciones y resoluciones del juzgado. Las fechas y el contenido de esos documentos permitirán valorar qué reglas afectan a su caso.

Source: RTVE

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